///PERSONAS QUE PUEDEN SER SOCIOS
En Brisa del Cantábrico hay personas socias que constituyeron la Cooperativa (12 de enero de 2013) y otros cuya incorporación es posterior a la constitución de la misma.
Las personas aspirantes a socias deben cumplir las siguientes condiciones:
- Que la persona solicitante sea capaz de realizar por sí misma las actividades básicas de la vida diaria (ABVD) en la fecha en que adquiera la condición de socia. Se entiende por actividades básicas de la vida diaria las tareas más elementales de la persona que le permitan desenvolverse con un mínimo de autonomía e independencia, tales como: el cuidado personal, las actividades domésticas básicas, la movilidad esencial, reconocer personas y objetos, entender y seguir indicaciones o tareas sencillas.
- Que la persona solicitante no tenga más de 70 años. Esto se debe a que las socias de Brisa del Cantábrico deben ser personas que han planificado con antelación su futuro y creen en este proyecto.
- Que la Cooperativa disponga de vivienda, siempre y cuando no signifique privar de la misma, en el plazo corto y medio, a socios no residentes que se encuentren en situaciones similares de edad y estado de salud, al objeto de no sobrepasar en ningún momento el porcentaje medio de personas dependientes en los mismos grupos de edad de nuestro país.
Para que la Cooperativa pueda cumplir con el compromiso adquirido de disponer de una vivienda para la persona socia que la solicite, se estableció en su día la limitación de las admisiones a 14 personas socias por cada año de nacimiento y recientemente se ha bajado a 12 en aquellos años de nacimiento en los que es posible.